REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-F-2007-000240
Visto el convenimiento que antecede suscrito por la ciudadana BERNARDA MARGARITA RIVERA, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Población del Municipio Santa Ana del Estado Anzoátegui y titular de la Cédula de Identidad No. V- 4.214.677, debidamente asistida por el abogado CARLOS ALBERTO MAYORGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 60.421, por una parte; y por la otra el abogado JOSE GREGORIO ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.661, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano RAMON RAFAEL SIFONTES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.910.051, parte demandada en la presente causa contentiva de la PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL; el Tribunal por cuanto la solicitud formulada no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito por las partes, en los mismos términos y condiciones establecidos en la misma. Cúmplase.
El Juez Suplente Especial,
Abog. Pedro Rafael Mejia. La Secretaria,
Abog. Doris Rojas de Nadales.
|