REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diez de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-002486

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE PARRA GOMEZ y ANA BICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 8.809.637 y 10.943.721 respectivamente, de este domicilio, donde solicita se le conceda Titulo Supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre un lote de terreno municipal, que mide (2.940mts2), ubicada en la calle Venezuela, sector San José El Tigre Estado Anzoátegui.- Alinderado de la siguiente manera: NORTE: Jesús Quintana; SUR: Calle Venezuela, que es su frente; ESTE: Julio Núñez y OESTE: Héctor Manríquez .- Dichas bienhechurías consta de casa de bloque, friso rustico, dos habitaciones, una cocina, un baño, piso de cemento rustico sin techo, anexo de una habitación, un baño, sala comedor, piso de cemento pulido y techo de acerolit, cero de cemento.- El costo total de dichas bienhechurías es de CINCUENTA MIL DE BOLIVARES (Bs. 50.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE PARRA GOMEZ y ANA BICEÑO, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,


Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA.,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA