REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000252

Vista la solicitud presentada por la ciudadana GLIXSEDIA JOSEFINA CAIRO BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.438.127 y de este domicilio, asistida por abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio consistente de una casa, ubicada en la carretera El Tigre, vía El caris N. 5, sector Los Rosales. comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE : Con casa de Dairubes Cairo; SUR : Con casa de Maria de Cairo; ESTE: Con casa de Carlos de Carlos Sotillo y OESTE: Con fondo de Henrry Carneiro.- Dichas bienhechurias consisten en una casa de paredes de bloques de cemento, techo de zinc, piso de cemento, constante de dos habitaciones, un baño, y una cocina sala comedor, un porche y un garaje.- La cantidad invertida en dichas bienhechurias es de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana GLIXSEDIA JOSEFINA CAIRO BOLIVAR ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA.