REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2008-000785
ASUNTO: BP12-V-2008-000785
Vista la apelación interpuesta por el abogado ADALBERTO CARRASCO MATA, en fecha diez de noviembre del dos mil ocho, contra el auto de fecha 07 de noviembre de dos mil ocho, mediante el cual se admiten las pruebas promovidas por las partes en el presente asunto, y, visto asimismo el pedimento formulado por el mencionado abogado con relación a la suspensión de la prueba de testigos admitida mediante el auto de la última fecha, en razón de que su evacuación sería extemporánea por tardía, este tribunal observa:
Las pruebas aportadas por las partes fueron promovidas dentro del lapso legal, no siendo por causa imputable a la parte promovente de la prueba testimonial su admisión, y que la evacuación de la prueba testimonial fuera rendida extemporánea por tardía; sin embargo a los fines de salvaguardar los derechos de las partes, y en virtud de la apelación interpuesta con respecto a la prueba de testigos admitida por este tribunal se acuerda suspender la evacuación de la prueba testimonial, todo en razón de que este tribunal debe esperar por las resultas de la apelación, y a los fines de evitar doble evacuación, y así se decide.
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.