REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, trece de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-003578
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: IRAIDA CONQUISTA DE ALCALA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.097.678, domiciliada en la Primera calle Nº 10, sector Villa Hermosa El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal que mide 17 metros de ancho por 25 metros de largo, ubicada en la dirección arriba mencionada.- Dichas bienhechurias consta de tres habitaciones, una sala comedor, una cocina, un baño y un garaje, paredes de bloques de cemento, piso de cemento, techo de zinc, ventanas y puertas de hierro.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Con casa de Lorenzo Azocar.- SUR: Con primera calle que es su frente.- ESTE: Con Noris Bermúdez y OESTE: Con Amarilis Pacheco.- El valor invertido es la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos MARYLIS PACHECO RODRIGUEZ y JUANA LUISA DIAZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana IRAIDA CONQUISTA DE ALCALA, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,


Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA

Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de siete (07) folios útiles.
LA SECRETARIA