REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinte de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-002138
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana YOSAIRA DEL CARMEN FIGUERA MOGOLLON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 16.667.357, de este domicilio, asistida por la abogada NEILYS DESIREE CORREA MOGOLLON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.165, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad, en un terreno municipal, ubicado en la Avenida Sucre, casa s/n, cruce con Calle Venezuela y Carretera Negra de la Flint, La Charneca, de esta ciudad de El Tigre, del Estado Anzoátegui, que mide 73,40 metros cuadrados, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa que es o fue de Domingo Torres; SUR: Con Av. Sucre que es su frente; ESTE: Con casa que es o fue de Johanny Figueroa y, OESTE: Con casa que es o fue de Carmen Mogollón.- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por unas bienhechurias construidas de paredes de bloques de cemento, piso de cerámica, techo de acerolit, sala, comedor, cocina, tres habitaciones, dos baños, lavaderos y corredor, patio cercado en bloques, ventanas y puertas de hierro con vidrio .- El valor invertido es la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bsf. 15.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos LESLIE KAREL CASTRO RODRIGUEZ y MIREYA ANTONIA CAMACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 10.060.965 y 4.909.186, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana YOSAIRA DEL CARMEN FIGUERA MOGOLLON, plenamente identificado, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES

LA SECRETARIA

LAURA PARDO DE VELASQUEZ