REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
Acta de Audiencia (Desistimiento)
ASUNTO: BP02-L-2008-000480
PARTE ACTORA: El ciudadano RODOLFO FUENTES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 8.595.104.
ABOGADA ASISTENTE DEL ACTOR: NELLYS URBANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 69.090.
DEMANDADA: XYM, C.A.
ABOGADO DE LA DEMANDADA: NARCY LISETT GUARACHE FERMIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 88.122.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, veintiséis (26) de noviembre de 2007, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que comparecen por la demandada por la demandada “XYM, C.A.”, la abogada NARCY LISETT GUARACHE FERMIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 88.122, así mismo, se deja constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149° y 198°.
El Juez
Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria
Abg. Elaine Quijada.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:17 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Elaine Quijada.
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