REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : BP02-S-2008-005142
Por recibida la anterior solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesto por la Fiscal Décimo Primera del Ministerio Público, Dra., EGRIS LIRA ZAMBRANO, actuando en representación de la niña xxxxxxxxxxxxxxxx, junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de un (01) folio útil y dos (02). Por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.02, LA ADMITE,.- Désele entrada.- Fórmese expediente y anótese en el libro respectivo y Désele el curso legal, a objeto de proveer sobre lo solicitado se ordena: Ofíciese a la ONIDEX para que remitan a este Tribunal los datos filiatorios del ciudadano PADILLA FERNANDEZ RITO MANUEL. Líbrese Oficio.

LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 2.-


DRA. ANA JACINTA DURAN-
LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA


ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR