REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-005201
Por recibido el presente Expediente signado con el N° BP02-S-2008-005201, emanado del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, constante de Veintiocho (28) folios útiles relacionado con la solicitud por DISPOSICION DE BIENES, propuesta por la ciudadana ZULLY VALLENILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.522.190, domiciliada en la Avenida Carabobo, N° 01-88, Cantaura, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio AMANDA PEREDA de MOYA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.210, actuando en nombre y representación de los adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXX. Désele Entrada y anótese en los libros respectivos. En consecuencia, la Juez Unipersonal de la Sala de Juicio N° 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Dra. ANA JACINTA DURAN, se AVOCA, al conocimiento de la misma, a los fines de la Prosecución de la presente causa para el Décimo Primer (11) día consecutivo siguiente a la Notificación de la última de las partes.- Notifíquese a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, de la continuidad de la presente causa y a las partes involucradas en el presente proceso.- Comisiónese suficientemente al Juzgado del Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui. Líbrense las Boletas respectivas y exhorto. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA N° 02.
Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA.
Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/LETICIA C.