REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2008-003837

Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana ZAIRA DEL CARMEN MILLAN TORRIVILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.631.362, actuando en nombre propio y en representación de la adolescente y niña XXXXXXXXX, asistidos en este acto por las abogados en ejercicio ZORAIDA MEDINA y FRANLY GOMEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 81.402 y 116.081, respectivamente. En el cual solicitan sea declarado UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del ciudadano: PEDRO JESUS CARLO MARTINEZ, (difunto), quien era venezolano, mayor de edad y fuera titular de la cédula de identidad Nº V-14.190.258, y visto los recaudos acompañados a la solicitud, tales como copias de las cedulas de identidad, el Acta de Defunción del ciudadano: PEDRO JESUS CARLO MARTINEZ, original del Acta de Matrimonio, original de las Partida de Nacimiento de las hermanas XXXXXXXXXX, y las Declaraciones de los Testigos, ciudadanos: ONEYDA COROMOTO MARTINEZ RIVAS, FERNANDO ACERO COLMENARES y la adolescente XXXXXXXXXX, inserta a los folios (15 al 18) del presente expediente y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, en uso de sus Atribuciones Legales conferidas en el Artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes actuaciones bastante para asegurarles a la ciudadana ZAIRA DEL CARMEN MILLAN TORRIVILLA, y las hermanas XXXXXXXXX, esposa e hijas su condición de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO DEL DE CUJUS, quedando a salvo los derechos de terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados.- Déjese copia en el libro diario que lleva este Tribunal.-
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL N° 01


DRA. SANTA SUSANA FIGUERA LA SECRETARIA ACC

CLARA ASTUDILLO

SSF/ca.