REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-005343
Por recibida la anterior solicitud de DECLARACION DE UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana MERIDA JOSEFINA FERMIN DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.217.701, actuando en nombre propio y en el de sus hermanos: ANTONIO DIAZ, PEDRO ANTONIO FERMIN DIAZ, GREGORIO ELIGIO FERMIN DIAZ, MERIDA JOSEFINA FERMIN DIAZ, MARIA ESTHER FERMIN DIAZ Y LUIS ENRIQUE FERMIN DÍAZ (DIFUNTO), dejando a sus tres hijosXXX, respectivamente, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS GARCIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 120.597, en el cual solicita que se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana EULALIA ESTER DIAZ, (difunta), quien era venezolano, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.159.453, quien falleciera ad-intestato, en fecha 13-05-2008, en el Centro Medico Zambrano, en la Ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de un (01) folio útil y veinte (20) anexos, Désele entrada.- Fórmese expediente.- Por cuanto la misma no es contraria a derecho, el Tribunal la ADMITE, y en consecuencia a los fines de proveer sobre la presente solicitud, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 02, Ordena: 1) Tómese declaración a dos (02) testigos que a bien tenga presentar la solicitante. 2) De conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, éste Tribunal acuerda oír a la adolescenteXXXX. 2) Notifíquese a la Fiscal Decimotercero del Ministerio Público del inicio del presente procedimiento. Líbrese boleta de notificación.- Asimismo, se INSTA, a la parte interesada a consignar el Acta de Nacimiento de ANTONIO DIAZ.- Cúmplase.-
LA JUEZA UNIPERSONAL Nº 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN. LA SECRETARIA.
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste,
LA SECRETARIA.
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
ADJ/crc.