REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-V-2008-002622
Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentada personalmente por el ciudadano ENGERBE RAFAEL RIVAS CARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.763.106, domiciliado en el Barrio Universitario, Calle Freites, Casa Nº 19 de la Ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación de su hija, venezolana, de actualmente un (01) y nueve (09) meses de edad respectivamente, en contra de la ciudadana VANESA DE JESUS RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.762.419, domiciliado en: el Barrio Universitario, Calle Freites, Casa Nº 23, de la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui. Désele entrada.- Fórmese expediente y anótese en los libros respectivos.- En consecuencia este Tribunal la ADMITE, por ser procedente y no ser contraria a derecho y conforme a lo dispuesto en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cítese a la ciudadana VANESA DE JESUS RAMOS, arriba identificada, para que comparezca por ante este Tribual de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, al segundo (2do) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas de ocho y treinta de la mañana (8:30am), y tres y treinta de la tarde (3:30pm), a los fines de que exponga lo que creyere conveniente sobre la presente solicitud. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 ejusdem, se indica que la Juez intentará la conciliación entre las partes, la cual tendrá lugar a las once de la mañana del mismo día de su declaración. Asimismo, se acuerda la realización de un Informe Integral a los ciudadanos ENGERBE RAFAEL RIVAS CARRIOS y VANESA DE JESUS RAMOS. Comisionándose suficientemente para tal fin al Equipo Técnico Multidisciplinario, adscrito a este Tribunal. Notifíquese a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público, del inicio del presente procedimiento. Líbrese oficio y boletas respectivas.-
JUEZ UNIPERSONAL. SALA N° 02.-

DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-
LA SECRETARIA.-

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-

AJD/RL.-