REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2005-000050
Vista la diligencia de fecha veinte (20) del mes de Noviembre del presente año, cursante al folio ochenta y siete (87) del presente expediente, suscrita por el ciudadano RAFAEL ANTONIO CASTELLANO, con su carácter acreditado en autos y el contenido del mismo. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, acuerda de conformidad agregarlo a sus autos, y hacerle entrega al ciudadano RAFAEL ANTONIO CASTELLANO, plenamente identificado en autos, de la TOTALIDAD del dinero que se encuentra depositado en la cuenta de ahorros Nº 0007-0088-61-0010002730, llevada por este Tribunal en la Entidad Financiera Banfoandes, Agencia Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, a nombre del referido ciudadano, y quedando un activo a la presente fecha de cero "0" bolívares, todo ello en virtud de que el mismo, alcanzó su mayoría de edad el día doce (12) del mes de Mayo del año 2008. Ofíciese lo conducente al Gerente de la Entidad Financiera Banfoandes, Estado Anzoátegui.- Cúmplase.- Y visto que en el presente expediente no existen más actuaciones que realizar, en consecuencia, esta Sala de Juicio, acuerda la devolución de todos los documentos originales consignados, dejando copia en su lugar, previa certificación por secretaria, se ordena el cierre y remisión del presente expediente al archivo judicial de este Estado.- Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL SALA Nº 01.-
ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. ORLYMAR CARREÑO HERNANDEZ.-
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. ORLYMAR CARREÑO HERNANDEZ.-
SSFC/lba.-