REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BH06-X-2006-000023
Visto el escrito de fecha veintinueve (29) del mes de Octubre del presente año, cursante al folio diecisiete (17) del presente expediente, suscrito por la ciudadana OMAIRA PEREZ de ARANDA, plenamente identificada en autos, asistida por el Abogado en ejercicio LUIS FRANCISCO LEON SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.260, y el contenido del mismo. En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, acuerda dejar sin efecto la Medida Preventiva Decretada por este Juzgado en fecha 01 del mes de Febrero del año dos mil seis (2006), cursante al folio cuatro (04) del presente expediente, en virtud de que la presente causa fue declarada Sin Lugar por este Despacho.- Ofíciese lo conducente al Registrador Subalterno de los Municipios Autónomos Libertador y Fernández Feo, Abejales, Estado Táchira. Líbrese oficio.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA N° 01.-
ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. ORLYMAR CARREÑO HERNANDEZ.-
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA.-
ABOG. ORLYMAR CARREÑO HERNANDEZ.-
SSFC/lba.-