REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 28 de octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-004710
ASUNTO : BP01-P-2008-004710
Visto el escrito presentado por el ciudadano LUIS ENRIQUE LEM CAMPOMANES, titular de la Cédula de Identidad N° E-82.090.673, debidamente representado por el Abogado NELSON JOSE MARRERO BARRETO, donde solicita a este Tribunal la ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO con las siguientes características: Marca: FABRICACION NACIONAL, Modelo: REMYVECA 2BVL24, Año: 1996, Color: AMARILLO, Clase: SEMI-REMOLQUE, Tipo: VOLTEO, Uso: CARGA, Placas: 23E-KAC, Serial de Carrocería: VS3547 y Serial de Motor: NO PORTA.
Este Tribunal Tercero de Control antes de decidir, observa:
PRIMERO: Cursa en autos Certificado de Registro de Vehículos N° 653000, de fecha 29 de Octubre de 1997, a nombre del ciudadano MANUEL ALFONZO FAUSTINO, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.345.891, del Vehículo con las siguientes características: Marca: FABRICACION NACIONAL, Modelo: REMYVECA 2BVL24, Año: 1996, Color: AMARILLO, Clase: SEMI-REMOLQUE, Tipo: VOLTEO, Uso: CARGA, Placas: 23E-KAC, Serial de Carrocería: VS3547 y Serial de Motor: NO PORTA. De igual manera cursa Documento de Compra – Venta con Reserva de Dominio entre el ciudadano MANUEL ALFONZO FAUSTINO y LUIS ENRIQUE LEM CAMPOMANES, debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Primera de Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar, de fecha 27 de Septiembre de 2006, quedando anotado bajo el N° 42, tomo 182 de los libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria.
SEGUNDO: Corre inserto en autos el resultado de la Experticia de Reconocimiento Legal suscrita por RAUDY GUZMAN, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, División de Investigación de Vehículos, practicado al vehículo cuyas características son las siguientes: Marca: FABRICACION NACIONAL, Modelo: REMYVECA 2BVL24, Año: 1996, Color: AMARILLO, Clase: SEMI-REMOLQUE, Tipo: VOLTEO, Uso: CARGA, Placas: 23E-KAC, Serial de Carrocería: VS3547 y Serial de Motor: NO PORTA; mediante el cual concluye: 1.- La Chapa identificadora del Serial de Carrocería se encuentra DESINCORPORADA; y 2.- La unidad en estudio fue verificad por el Sistema de Información Policial, no presentando solicitud alguna.
El Tribunal Supremo de Justicia bajo la ponencia de la Magistrada LUISA ESTELA MORALES (Sala Constitucional) señala que la entrega material de un vehículo procede siempre que no exista duda acerca del derecho de propiedad sobre el objeto que se reclama en el proceso penal lo cual debe ser analizados por las autoridades competentes, estudio que por supuesto no debe traer consigo un retardo excesivo por parte del órgano jurisdiccional para pronunciarse con respecto a la solicitudes de entrega de vehículo. Quien aquí decide observa que no se encuentra acreditada la verdadera titularidad del solicitante, ya que desprende de la experticia realizada al Vehículo objeto de la presente solicitud, que el Serial de Carrocerías se encuentra DESINCORPORADA, es decir, que no concuerda con los seriales descrito en el Certificado de Registro de Vehículos; razón por la cual este Juzgador considera de que existe suficientes dudas acerca de la propiedad del descrito vehículo, y que para que pueda ordenarse la entrega debe estar acreditada la verdadera titularidad del derecho de propiedad, es decir, sin que medie duda alguna y es por lo que se niega la entrega material de los vehículos objetos de la solicitud. ASÍ SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se declara Sin Lugar la solicitud hecha por el ciudadano LUIS ENRIQUE LEM CAMPOMANES, titular de la Cédula de Identidad N° E-82.090.673, de la ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO con las siguientes características: Marca: FABRICACION NACIONAL, Modelo: REMYVECA 2BVL24, Año: 1996, Color: AMARILLO, Clase: SEMI-REMOLQUE, Tipo: VOLTEO, Uso: CARGA, Placas: 23E-KAC, Serial de Carrocería: VS3547 y Serial de Motor: NO PORTA; de conformidad con el Articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase.-
EL JUEZ DE CONTROL No. 03
Dr. SALIM ABOUD NASSER
LA SECRETARIA
Abg. FRANCIS SANCHEZ