REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 7 de octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-003923
ASUNTO : BP01-P-2006-003923
Revisada las actas que conforman el presente asunto, seguido en contra del ciudadano LUIS JOSE SUNIAGA, titular de la cédula de identidad Nro. 13.773.069, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA , previstos y sancionados en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana DENITSE KARINA SOLORZANO, éste Juzgado de Ejecución Nro. 01 para decidir observa:
En fecha 12-08-2.008, el Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Juicio Nro. 02, DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano, LUIS JOSE SUNIAGA, venezolano, titular de la cédula de Identidad Nro. 13.773.069 , natural de Barcelona , Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 06-07-78, estado civil, soltero de profesión u oficio Obrero , hijo de los ciudadanos LUIS CALZADILLA Y MARGAERITA SUNIAGA , residenciado en: Calle Real de Chorreron casa nro 145, Chorreron-Guanta, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA , previstos y sancionados en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana DENITSE KARINA SOLORZANO, de conformidad con el Articulo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 45 y 324 ibidem.
Ahora bien, Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por el referido Tribunal de Instancia, éste Juzgado de Ejecución Nro.01 ejecuta el Sobreseimiento de la Causa y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano LUIS JOSE SUNIAGA, titular de la cédula de identidad Nro. 13.773.069, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA , previstos y sancionados en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana DENITSE KARINA SOLORZANO. Notifíquese al Fiscal de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Notifíquese al mencionado ciudadano y a la Defensa Pública. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, notificando la presente decisión. Igualmente, remítase la causa, en forma original, al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su archivo y cuido. Regístrese.
LA JUEZA DE EJECUCION Nro. 01
Dra. LUZ VERONICA CAÑAS IZAGUIRRE
LA SECRETARIA
Abg. SUYIN LOPEZ
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