REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 17 de octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2008-000440
ASUNTO : BP01-D-2008-000440

AUTO FUNDADO
Visto el escrito presentado por la Fiscal 17 del Ministerio Publico De esta circunscripción judicial Dra. Betzadia Sánchez Ostos; mediante de la cual solicita por ante este Despacho se decrete el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA a favor de IDENTIDAD OMITIDA; de conformidad con lo previsto en el artículo 561 literal “D” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente ante dicho petitorio este decisor observa lo siguiente:

De la revisión de las actuaciones que conforman el presente Asunto se evidencia a los folios 28 al 31 que en fecha 23 de Septiembre del 2008; este Tribunal dicto Resolución mediante la cual acordó el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, solicitado por la Representante del Ministerio Público, Dra. Andrimar Ramírez Lozano Fiscal 17 del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo señalado en el articulo 561 de la ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, circunstancia por la cual este Tribunal declara sin lugar la solicitud de Sobreseimiento Definitivo interpuesta por la por la Dra. Betzadia Sánchez Ostos, en su carácter de Fiscal 17 del Ministerio Publico De esta circunscripción judicial por cuanto este Tribunal en fecha 23 de Septiembre del 2008, acordó el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA de conformidad con el articulo 561 literal “D” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui .Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, solicitado por la Fiscal 17 del Ministerio Publico De esta circunscripción Judicial Dra. Betzadia Sánchez Ostos; a favor de IDENTIDAD OMITIDA, , por cuanto este Tribunal en fecha 23 de Septiembre del 2008, se decreto el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA de conformidad con el articulo 561 literal “D” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, a solicitud de la Dra. Andrimar Ramírez Lozano. Diarícese, regístrese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión. Cúmplase.
JUEZ DE CONTROL Nº 02
ABOG MANUEL HERNANDEZ NATERA
EL SECRETARIO,

ABOG. FRANCISCO CABRERA