REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : BP02-M-2008-000288


Vista la Transacción presentada en fecha 08 de octubre del año 2.008, y notariada por ante la Notaria Pública Segunda del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, en fecha 03 de octubre de 2008, entre los Abogados, Luis Villarroel Cabello, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.031, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Coating Services C.A ( COSERCA) identificado en auto, por una parte y por la otra, Ricardo Alejandro Marcano Mirabal y Maribel Castillo Abad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 50.252 y 29.956, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, Sociedad Mercantil Otorgan Corporación C.A, la cual corre inserto a los folios 25 al 35, respectivamente, el Tribunal, por cuanto dicha transacción no es contraria a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, la HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones en que fue suscrita; en consecuencia se da por terminado la presente causa y se ordena su remisión al Archivo Judicial.- Así se decide.-
El Juez Provisorio,


Abg. Jesús Salvador Gutiérrez Díaz La Secretaria.,

Abg. Mirla Mata Rojas.