REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-004522
Vista la solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por los ciudadanos Marco Antonio Buriel, Armando José Buriel Martínez y Deisy Beatriz Buriel de Marcano, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-452.885 y V-4.007.257, los dos primeros actuando en su propio nombre y Deisy Beatriz actuando en su propio nombre y también en nombre y representación de sus hermanos, ciudadanos Henry Antonio Buriel Martínez, Marco Antonio Buriel Martínez, Elsa del Carmen Buriel Martínez y Noris Josefina Buriel Martínez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.176.953, 1.176.586, 1.192.476 y 3.673.994, respectivamente, asistidos por el abogado Víctor Alfredo Prieto Melo, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 76.580, donde solicitan, que tanto ellos como sus hermanos, ciudadanos Henry Antonio Buriel Martínez, Marco Antonio Buriel Martínez, Elsa del Carmen Buriel Martínez y Noris Josefina Buriel Martínez, antes identificados; sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la de Cujus Luisa Dolores Martínez de Buriel, quien era venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nos. V-468.501.- Vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos José Fernando Martínez y Zulia Herrera de Martínez, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de Cujus Luisa Dolores Martínez de Buriel, a los ciudadanos Marco Antonio Buriel, Armando José Buriel Martínez, Deisy Beatriz Buriel de Marcano, Henry Antonio Buriel Martínez, Marco Antonio Buriel Martínez, Elsa del Carmen Buriel Martínez y Noris Josefina Buriel Martínez, el primero de ellos en su condición de esposo, y los otros en sus condiciones de hijos; dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original al solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA

Abg. MIRLA MATA ROJAS
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.- Conste.-
LA SECRETARIA

JSGD/MMR/RUB