REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : BP02-M-2008-000258

Vista la diligencia de fecha 10 de Octubre de 2.008, suscrita por el Dr. LEOPOLDO DIAZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.125, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil KLIM PETRO INVERSIONES, C.A., registrada en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital el 02 de Julio de 2004, bajo el Nº 72, Tomo 933-A, y visto el contenido de la misma, con la cual, desiste del presente procedimiento de COBRO DE BOLIVARES, en contra de PERFORACIONES ALBORNOZ, C.A., (PERFOALCA), Persona Jurídica inscrita por ante el registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui bajo el Nº 19, Tomo A-7 en fecha 06 de Marzo de 1996, este Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia, HOMOLOGA dicho desistimiento, todo de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y lo toma como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada y el Archivo del presente expediente.- Así se decide.
La Juez Suplente Especial.

Abog. HELEN PALACIO GARCIA.-
La Secretaria,

Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.-

HPG/luyanny.-