REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2008-004165
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana MATILDE DE JESUS MARIN DE MAITA, venezolana, , mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.3.172.483, de este domicilio, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: TERESITA DEL COROMOTO RENZULLI MARTINEZ y ARMANDO ELIO FARIAS CARVAJAL,, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 3.518.357 y 4.904.835, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista trato y comunicación la ciudadana Matilde de Jesús Marín de Maita y a su hijo Nelson Jesús Maita Marín, y que ellos son los únicos y universales herederos del extinto Nerso De Jesús Maita Matute, igualmente manifestaron que el extinto Nerso de Jesús Maita Matute no dejó hijos adoptivos ni legítimos, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana MATILDE DE JESUS MARIN DE MAITA y a su hijo NELSON JESUS MAITA MARIN, COMO LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante NERSO DE JESUS ;AITA MATUTE, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse cuatro (04) juegos de copia certificada de la presente solicitud.-

La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria,
Abg. Marieugelys García Capella