REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : BP02-S-2008-004231


Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, presentada por la ciudadana: PETRA LUISA GUAREGUAN MACUARE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.658.812, debidamente asistida por el Dr. EDGARDO NEPTALÍ MEJIAS CHIVICO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.062, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: ANDRES CELESTINO GUARIGUATA ZAMBRANO y EDGAR JOSÉ CARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 13.368.279 y 8.293.768, respectivamente, quienes manifestaron que conocieron de vista, trato y comunicación desde hace varios años, a quien en vida se llamo JAIME JOSÉ GUAREGUAN; e igualmente saben y les constan que JAIME JOSÉ GUAREGUAN, falleció en la Ciudad de Píritu Municipio Píritu, del estado Anzoátegui, el día 17 de Mayo de año 2.008; además saben y les constan que el fallecido JAIME JOSÉ GUAREGUAN, era hijo ilegitimo de la Ciudadana: PETRA LUISA GUAREGUAN MACUARE; e igualmente saben y les constan que la Ciudadana: PETRA LUISA GUAREGUAN MACUARE, es la Única y Universal Heredera del fallecido JAIME JOSÉ GUAREGUAN; además dan fe de que el fallecido JAIME JOSÉ GUAREGUAN, no tuvo Cónyuge alguna, ni hijos legítimos, ni naturales, ni adoptivos, ni reconocidos, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana: PETRA LUISA GUAREGUAN MACUARE, COMO LA ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de su causante JAIME JOSE GUAREGUAN, dejando a salvo los derechos de terceros.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año y devuélvanse originales con sus resultas las presentes actuaciones.
La Juez Suplente Especial,

Dra. HELEN PALACIO GARCIA.-

La Secretaria,

Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.





HPG/Gledys.-