REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-004560
Vista la anterior solicitud de TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus anexos, presentada por la ciudadana JUANA FERNANDEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.219.247, debidamente asistida por el Abogado MARTIN JOSE LEPAGE debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 39.065; en su condición de Hija de la De-Cujus JUANA MARTINEZ DE FERNANDEZ, donde solicita que junto con los ciudadanos MARIA DE LOS ANGELES FERNANDEZ MARTINEZ y FERNANDO SEGUNDO FERNANDEZ MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-8.232.809 y V-8.278.561, respectivamente, seamos declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De-Cujus JUANA MARTINEZ DE FERNANDEZ fallecida Ab-intestato el día cinco (05) de octubre de 2.008.-
Este Tribunal, visto los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos MARIO OTERO DEL BLANCO y ANTONIO NOGUEIRA CABO, de fecha veintidós (22) de octubre de 2008, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De-Cujus JUANA MARTINEZ DE FERNANDEZ, a los ciudadanos JUANA FERNANDEZ MARTINEZ, MARIA DE LOS ANGELES FERNANDEZ MARTINEZ y FERNANDO SEGUNDO FERNANDEZ MARTINEZ en su condición de hijos legítimos de la difunta antes mencionada, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a la interesada y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal, y así se Decide.-
La Juez Suplente Especial,
La Secretaria,
Dra. Helen Palacio García.-
Abg. Marieugelys García Capella.-
HPG/czm.-