REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, treinta de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-002710
Vista la anterior solicitud de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO y los anexos que le acompañan, presentada por la ciudadana CARLENIS DE LOS ANGELES NARVAEZ, venezolana, mayora de edad, domiciliada en la Calle 19 de abril, casa Nº 27, Sector Central San José de Guanipa y titular de la cédula de identidad Nº 4.508.442, mediante la cual solicita que sea declarada Única y Universal Heredera, de la extinta CARMEN TERESA NARVAEZ, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.980.942 fallecida Ab-intestado el día 14 de agosto de 2008.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, ciudadanos MARIALEJADRA ROJAS SULBARA y ALI MANUEL OCHOA, plenamente identificados en las declaraciones, quienes declararon por ante este Tribunal en fecha 29/10/2008, los cuales quedaron contestes en afirmar los dichos de la solicitante, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana CARLENIS DE LOS ANGELES NARVAEZ, de la “de cujus” CARMEN TERESA NARVAEZ, en su condición de hija, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a la interesada y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
La Juez Temporal.,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelve originales con sus resultas constante de diecisiete (17) folios útiles.- Conste.-
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA