REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, siete de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-002924
Vista la solicitud presentada por el ciudadano KEISY JOSE VELASQUEZ MOYA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V.-8.492.297 actuando en este acto como representante legal y en su condición de Presidente de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA INTUPET, C.A., inscrita por ante el registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas anotado bajo el Nº 67, del Libro A-8, correspondiente al tercer Trimestre del 2001 de fecha 19 de septiembre de 2001, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda Titulo Supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre unas bienhechurías ubicadas en la parte este de la ciudad de Anaco, específicamente en la calle México del sector las Charas, distribuidas de la siguiente manera: GALPON PRINCIPAL (1.000,Mts 2); GALPON Nº 1 (800 Mts.); GALPON Nº 2 (60,OO Mts2), CASETA DE VIGILANCIA (24,oo M2); PISO DE LOS GALPONES DE CONCRETO DE CEMENTO (25 cm.); 754,oo M3; UNA OFICINA ADMINISTRATIVA (60,oo M3); BAÑOS (36,OO m3); UNA OFICINA PERSONAL (48,oo M2), UNA CASA (150,OO m2), CERCA PERIMETRAL (852,90 M2), las características de las construcciones es de techo de asbesto sobre estructura de hierro y cercha, bloques frisados y cerámicas y un portón de hierro.- Se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE : Con terrenos que son o fueron de la familla Gruber Castro con 80 Mts; SUR: Con terreno que son o fueron de la familia Gruber Castro con 143,10 Mts; ESTE: Con terrenos que son o fueron de la familia Gruber Castro con 111,20 Mts y OESTE: Con la calle San José del sector Las Charras con 60 mts.- La cantidad invertida en dichas bienhechurías es de DOS MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE BOLIVARES CON VEINTISIETE CENTIMOS (BS 2.612.737,27), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la sociedad mercantil CONSTRUCTORA INTUPET, C.A., ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA

LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA