REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-004702
SENTENCIA


Vista la TRANSACCION suscrita por el ciuda dano LUIS GUARIRAPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 23.653.843, debidamente asistido por la abogado GENOVEVA ANGUJAR, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 116.103, por una parte y por la otra, la empresa PERGIS, C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 17 de Junio de 1.964, bajo el No. 14, Tomo 19-A-PRO, posteriormente modificado sus estatutos e inscrita dicha modificación por ante el mismo Registro Mercantil en fecha 2 de Febrero de 1.982, bajo el Nº 33, Tomo 10-A Pro, representada por el abogado ANGEL EDUARDO GARCIA CLAVIER, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 62.596, en su carácter de apoderado judicial de la misma; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los veinte (20) días del mes de Octubre del dos mil ocho (2008).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Fabiola Pérez
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Fabiola Pérez