REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete (07) de octubre de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-004353

Visto el escrito de Solicitud de Homologación de Transacción Laboral presentado en fecha treinta (30) de septiembre de dos mil ocho (2008), por los Abogado en Ejercicio, MARLENE A. DI BARTOLO BARRIOS, inscrita en el INPREABOGADO, bajo el número. 36.017, quien asiste al ciudadano LUIS ELIAS GARRANCHAN, cédula de identidad número 4.614.689, en su carácter de Director Gerente de la empresa INVERSIONES VEINCO, C. A., por una parte y por la otra parte el ciudadano JOSE DELGADO, portador de la cédula de identidad número 11.903.717, asistido por la Abogado en Ejercicio DAYURIS KARINA GARCIA P., inscrita por ante en el INPREABOGADO, bajo el número 113.550, contentivo de Transacción Laboral; en consecuencia, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. Asimismo se da por terminado y se ordena el archivo judicial del expediente. Dada, firmada, sellada y refrendada, el siete (07) de octubre de dos mil ocho (2008), y así se decide.-
El Juez, La Secretaria.

Abg. Leonardo Blanco Pérez. Abg. EVELIN LARA GARCIA.
Nota: En la misma fecha se dictó y publicó la decisión anterior, siendo las 3:10 p.m. minutos de la tarde Conste.-
La Secretaria.

. Abg. EVELIN LARA GARCIA. .