REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-004684
Por recibida la anterior solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesta por la ciudadana YANETZI JOSEFINA CAIRO MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.476.579, de este domicilio, actuando en nombre y representación de su hija la niña XXXXXXXXXXXXX, asistida por la Defensora Pública Primera de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, abogada MARIA EUGENIA MURILLO TIMAURY, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constantes de un (01) folio útil y nueve (09) anexos.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos, este Tribunal de Protección del niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02 la ADMITE, por ser procedente y no ser contraria a derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, parágrafo cuarto, literal “F”, y ordena antes de proceder a la decisión de la misma: 1) Notificar del inicio del presente procedimiento a la ciudadana Fiscal Décima Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Líbrese boleta de notificación. 2) Oficiar a la Prefectura del Municipio El Carito, Distrito Libertad del Estado Anzoátegui, a los fines de que se sirva remitir a este Tribunal A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE copia fotostática certificada del asiento de Registro de Nacimientos Nº 37 llevados por dicha prefectura del año mil novecientos sesenta y seis (1966), del respectivo Libro de Nacimiento y su duplicado.- Líbrese oficio.- 3) Oficiar al Registro Principal del Estado Anzoátegui, a los fines de que se sirva remitir a este Tribunal A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE copia fotostática certificada del asiento de Registro de Nacimientos Nº 37 llevados por la Prefectura del Municipio El Carito, Distrito Libertad del Estado Anzoátegui, del año mil novecientos sesenta y seis (1966), del respectivo Libro de Nacimiento y su duplicado.- Líbrese oficio.-
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 02.-


DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA ACC.-
ABOG. LISANDRA FUENTES.-
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-



LA SECRETARIA ACC.-
ABOG. LISANDRA FUENTES.-


ADJ/lba.-