REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-004435
Por recibida la anterior Solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana NELLY MAKUKJI, Venezolana, mayor de edad, viuda, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 13.320.634 y de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio CARLOS EDUARDO ROJAS COA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.5621, actuando en su propio nombre y representación de sus hijos XXXXXXXXXX, actualmente, en LA cual se manifiesta que el referida adolescente y sus hijos mayores son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Ciudadano RIMOND SALEM LAZKANI, difunto, quien era venezolano, mayor de edad, y fuera titular de la cédula de identidad N° 11.569.432, procedente del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario y transito del Estado Anzoátegui y por cuanto la misma no es contraria a Derecho, el Tribunal la Admite.- Désele Entrada.- Fórmese Expediente y dispone a anotarla bajo el N° BP02-S-2008-004435, del libro de Solicitudes que al efecto lleva éste Tribunal.- Estámpese el asiento respectivo en el libro diario.- En consecuencia, a los fines de proveer sobre lo Solicitado éste Tribunal acuerda: 1) Tomarle declaración a los testigos que a bien tenga presentar el Solicitante. 2) Notifíquese a la Fiscal Décimo Primero del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del inicio del presente procedimiento.- Líbrese Boleta de Notificación.- 3) se acuerda Oír la opinión del adolescente XXXXXXXXXX todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 02.-
DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
AJD/Alicia.-