REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-004463
Por recibida la anterior solicitud de UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana CLEMENCIA MILANO DE FONTEN, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de Identidad No. 5.189.654, debidamente asistida por el Abogado ALCIDES VALLEJO URBANEJA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el NO. 8.609, en defensa de sus derechos, intereses y acciones, en su condición de esposa del ciudadana ISAEL FONTEN SALAZAR, en el cual solicita que se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y a los ciudadanos NANCY MARÍA, JONATAN ISAEL, SIMÓN ANTONIO, xxxxxxxxxxxx hijos del ciudadano ISAEL FONTEN SALAZAR (difunto), quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.199.545, quien falleciera ad-intestato, de fecha 05-12-2007, en el Callejón El Clavel, Casa No. 01 del Barrio La Picha en la Población de Guanta, Municipio Guanta del Estado Anzoátegui, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de Un (01) folio útil y dieciséis (16) anexos, Désele entrada.- Fórmese expediente.- Por cuanto la misma no es contraria a derecho, el Tribunal la ADMITE, y en consecuencia a los fines de proveer sobre la presente solicitud, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 02, Ordena: 1) Tómese declaración a dos (02) testigos que a bien tenga presentar la solicitante. 2) Notifíquese a la Fiscal Decimotercero del Ministerio Público del inicio del presente procedimiento. Líbrese boleta de notificación. 3) Se acuerda oír al adolescente ISAAC JOSE FONTEN MILANO.- Cúmplase.-
LA JUEZA UNIPERSONAL SALA No. 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
ADJ/jlm.-