REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MANUEL EZEQUIEL BRUZUAL
Y FRANCISCO DEL CARMEN CARVAJAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI
CLARINES

Clarines, 24 de Octubre de 2008.
198º y 149º

Verificado el estudio del expediente que nos ocupa, el cual se inicio mediante escrito libelar, propuesto por el ciudadano ERMEN NICOLAS PORTILLO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.214.926, asistido por el abogado JOSE GREGORIO PORRAS ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 63.669 domiciliado en la ciudad de Clarines del Estado Anzoátegui, basado en el Juicio por consignación, mediante contrato privado celebrado con ISABEL DEL VALLE ACHIQUE SANTAMARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.483.692, y de este domicilio, demanda que se admitiera el día 20 de Mayo de 1997, ordenándose la notificación a la ciudadana ISABEL DEL VALLE ACHIQUE, sobre consignaciones de cheques de gerencia signados bajo los siguientes números: a) 00007832, b) 00007868, c) 00007920, d) 0000794, e) 00007961, f) 00024777, g) 00024909, h) 00024844, i) 00024991, j) 00024990, k) 00028033, l) 00028034, ll) 00028117, m) 00028116, respectivamente los cuales rielan en los folios 02, 09, 14, 19, 26, 32, 37, 41, 48, 53, 60, 63, 72, 76, del Expediente signado con el (N° 02-97). En fecha 28 de Julio de 1999, el Tribunal ordena abrir una cuenta de ahorro en el Banco Monagas de ésta localidad, con los cheques consignados en el expediente por igual monto todos de seiscientos bolívares (Bs.600,00).
Evidencia el Tribunal, que de las actas procesales que conforman el expediente, se hizo la notificación de la ciudadana ISABEL DEL VALLE ACHIQUE, gestionada por el alguacil, y consignadas en autos en esa oportunidad para esa fecha, donde se evidencia la negativa de la prenombrada en firmar dicha boleta, conforme a lo indicado en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 28 de Julio de 1999, este Tribunal acuerda abrir una cuenta de ahorro en el Banco Monagas de ésta localidad, con los cheques consignados en el expediente (N° 02-97). Folio 81.
En fecha 05 de Agosto de 1999, este Tribunal ordena oficiar al Banco Monagas de la Sucursal Clarines, se sirva abrir una cuenta de ahorro, a nombre de los ciudadanos: ERMEN NICOLAS PORTILLO ALVARES e ISABEL DEL VALLE ACHIQUE, con motivo a las consignaciones contenidas en el expediente (N° 02-07). Folios 82 y 83.
En fecha 18 de Junio de 2002, este Tribunal observa que sobre los movimientos de la Cuenta N° 6401909301, inserto en los folios 89, 90 A, 91, 92, del expediente se evidencia que el Banco Caroni ha venido progresivamente descontado dinero de la citada cuenta, por cuanto ordena oficiar al Gerente de esta entidad Bancaria Sucursal Clarines, para que este se abstenga de hacer dichos descuentos, a los fines de cumplir con lo acordado en auto de fecha 18/06/2002. Folios 93 al 96.
Es de hacer notar que desde la fecha 29 de Julio de 2002, hasta la presente fecha 24 de Octubre de 2008, no se ha efectuado cualquier otro acto que impulse el proceso, por intermedio de las partes involucradas en este expediente, por lo que es obligatorio concluir que no ha existido el interés en continuar con la causa, para procurar el Juicio por consignación, llevando a este Tribunal a determinar la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y se ordena oficiar a la Gerente del Banco Caroni, de la Sucursal de Clarines el cierre de la cuenta de ahorro signada con el N° 0128-0364-81-6401909301 por cuanto no hay movimientos por motivo de consignaciones, tampoco saldo disponible en la indicada cuenta, y así se declara.