REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 26 de septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-004575
ASUNTO : BP01-P-2008-004575

Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO de la presente causa, presentado por el Dr. JOEL ALBERTO DIAZ SARMIENTO, en su carácter de Fiscal Vigésimo Tercero Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el Artículo 285 numeral 4º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 37 numerales 6º y 15º de la Ley Orgánica del Ministerio Público en concordancia con los artículos 108 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 318 ordinal 4 Ejusdem; seguida a ALEXANDER DEL VALLE RODRIGUEZ BRITO, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, cometido en perjuicio de la ciudadana CARLA NOEMI FRANCO AGUANA.

Este Tribunal Tercero de Control antes de decidir, observa:

La presente averiguación se inicia en fecha 18-09-2007, comparece por ante el Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, la ciudadana CARLA NOEMI FRANCO AGUANA, en donde manifestó: “…Yo vengo a denunciar a ALEXANDER DEL VALLE RODRIGUEZ BRITO, este señor llego el día domingo en la madrugada y se metió en mi casa y empezó a agarrarme las piernas y los senos y yo me desperté y le dije a mi mama…”

Esta Juzgadora observa que desde la fecha en que ocurrieron los hechos 18-09-2007, hasta la actualidad, no se ha incorporado nuevos elementos de convicción, ni existe la posibilidad cierta de incorporar algunos a dicha investigación, dada las circunstancias del tiempo transcurrido en la conmoción del mismo, aunado al hecho de que opero una institución de orden Publico.

D I S P O S I T I V A

Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano ALEXANDER DEL VALLE RODRIGUEZ BRITO, solicitado por la Fiscalía Vigésima Tercera Auxiliar del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 320 Ejusdem, por considerar que no se han obtenido elementos de convicción serios que sirvan como base para solicitar el enjuiciamiento del ciudadano antes mencionado.
Regístrese, diarícese, notifíquese y remítase el presente expediente en su oportunidad a la División de Archivos Judiciales a los fines de su archivo y cuido.
LA JUEZ TERCERA DE CONTROL


DRA. GABRIELA SALAZAR
LA SECRETARIA


ABG. SANDRA DE VELLIS