REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 25 de septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-004577
ASUNTO : BP01-P-2008-004577

Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control la DRA. ROSA BEATRIZ PEREZ MORENO, en su condición de Fiscal Tercero del Ministerio Público de este Estado, de la causa iniciada por denuncia interpuesta por el ciudadano JOSE BERNABE RODRIGUEZ BERMUDEZ, MARIA GABRIELA GOMEZ, OMAR GONZALES, de conformidad con el art. 318 ord. 1º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, ya que de las investigaciones practicadas no el hecho objeto del proceso no se realizó.

Se inicio la presente investigación en fecha 05/03/2004, en virtud de la Denuncia interpuesta por ante Comisión emanada de la Dirección de Actuación Procesal de la Fiscalia General de la República por el ciudadano JOSE BERNABE RODRIGUEZ BERMUDEZ, MARIA GABRIELA GOMEZ, OMAR GONZALES, quien entre otras cosas expuso: “… El día domingo 29 de Febrero de 2004, se encontraba realizando trabajo periodístico, frente a las instalaciones de la sede del Consejo Nacional Electoral del Estado Anzoátegui, las cuales eran custodiadas por funcionarios de la Guardia Nacional,… algunos manifestantes se retiraron y otros se quedaron empezaron a lanzar piedras hacia los efectivos de la Guardia Nacional, y en ese mismo momento logro percatarse que un objeto en el aire de forma cilíndrica de color azul humeando y exploto a escasos metros y sintió calor en la mejilla derecha del rostro… Es todo. …”.

Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se observa que solo cursa a los autos la denuncia de los ciudadanos JOSE BERNABE RODRIGUEZ BERMUDEZ, MARIA GABRIELA GOMEZ, OMAR GONZALES, sin constar acta de entrevista de algún testigo presencial que contribuyan a la constatación de tales afirmaciones de hecho, los elementos de convicción recabados en la investigación resultan insuficientes para imputar a funcionarios de ese cuerpo militar, no pudiéndosele atribuir en consecuencia la comisión del delito alguno, ya que de las investigaciones practicadas el hecho objeto del proceso no se realizó, por lo que se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal de la causa iniciada por denuncia interpuesta por el ciudadano JOSE BERNABE RODRIGUEZ BERMUDEZ, MARIA GABRIELA GOMEZ, OMAR GONZALES, fundamentada en el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa iniciada por denuncia interpuesta por el ciudadano JOSE BERNABE RODRIGUEZ BERMUDEZ, MARIA GABRIELA GOMEZ, OMAR GONZALES, fundamentada en el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.

EL JUEZ DE CONTROL


ABG. LUZ VERONICA CAÑAS IZAGUIRRE




LA SECRETARIA,

ABG. DESIREE LAMAS