REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-M-2008-000251
Visto el anterior escrito de convenimiento suscrito entre los abogados Carlos Bellrín Quijada y Gabriel Mazzali Aldana, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 10.164 y 89.625, respectivamente, actuando con el carácter de apoderado judicial del Banco Provincial, C.A., Banco Universal, parte demandante en la presente causa, por una parte y por la otra, los ciudadanos Carlos Eduardo Urbano Fermín y Carlos Enrique Urbano Fermín, actuando en su propio nombre y representación de la Sociedad mercantil Transporte Urbano Fermín, C.A. (Transufca, C.A.), parte demanda en la presente causa, asistidos de abogada, mediante el cual solicita la homologación del mismo, el Tribunal, por cuanto dicho Convenimiento no es contrario a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones en que fue presentado y así se decide.-
El Juez Provisorio.,

Abg. Jesús Gutiérrez Díaz
La Secretaria.,

Abg. Mirla Mata Rojas.