REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : BP02-S-2004-001669

Habiendo intentado solicitud de HOMOLOGACION DE PARTICION, el ciudadano CARLOS JOSE MARTINEZ BASTARDO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 12.437.944, debidamente asistido por el abogado en ejercicio CARLOS ORTIZ LOZADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 93.065, a este Tribunal le correspondió por Distribución de fecha: 10 de Agosto de 2.004, el conocimiento de la presente causa.
Por auto de fecha: 06 de Septiembre de 2.004, este Tribunal le dio entrada y admitió la presente demanda. Observando este Tribunal que en fecha 06 de Septiembre de 2.004, fue su última actuación de procedimiento en el presente juicio y que habiendo transcurrido un lapso mayor de un (1) año, sin que se haya efectuado ningún acto de procedimiento, considera este Juzgador, que se produjo la Perención de la Instancia, conforme al Artículo 267 del Código de procedimiento Civil en su Encabezamiento, término de Perención totalmente consumado.
En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa con fundamento en la disposición legal antes citada. Así se decide. En Barcelona a los 17 días del mes de Septiembre de 2008. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
La Juez Suplente Especial,
La Secretaria

Abg. Helen Palacio García
Abg. Marieugelys García Capella.

HPG/luyanny.-