REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, 16 de septiembre de 2008
198º y 149º
Vista la anterior solicitud de RECTIFICACION DE ACTAS DE NACIMIENTO y los recaudos acompañados, formulada por el ciudadano: JOSE ANGEL PEREZ VASQUEZ, titular de la cédula de identidad N°: 10.998.779, debidamente asistido por el Abogado JOAN JOSE LIENDO MOYA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 126.613.- El Tribunal, observa de la revisión exhaustiva de la presente solicitud que se encuentran involucrados unos menores, tal y como se evidencia de las Actas de Nacimientos anexas, cursantes a los folios tres (3) y cuatro (4)., y en virtud de haber sido creado el Juzgado de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, según resolución número 2003-00030 de fecha 12 de noviembre del año 2003, y habiendo tomado posesión del mismo el Dr. CARLOS GUILLERMO ESPINOZA RONDON, en fecha 20 de enero del presente año, en consecuencia, este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio, y se acuerda declinar la presente causa al prenombrado Juzgado.
Esta decisión se dicta Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
LA JUEZ TEMPORAL.,
LA SECRETARIA Acc.,
KRT
ASUNTO: BP12-S-2008-002535
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