Vista la anterior solicitud de Titulo supletorio presentada por el ciudadano: NAPTALI JOSÉ JIMENEZ , mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.677.521 , asistido de Abogado, mediante la cual solicita a este Tribunal se declare a su favor titulo supletorio suficiente a su favor, sobre las bienhechurias a que hace referencia en la misma.- Ahora bien, este Tribunal observa que desde la fecha de presentación hasta el día de hoy, han transcurrido mas de tres meses, sin que la parte interesada le haya dado el impulso procesal a la misma es por lo que , este Tribunal a los fines de descongestionar los archivos de este Juzgado que se encuentran actualmente cúmulo de expedientes, ordena dar por terminado el presente asunto y el cierre definitivo del mismo y se ordena su remisión al Archivo Judicial de este Estado, y por cuanto estamos en presencia de una solicitud de jurisdicción voluntaria, no amerita la notificación de la parte.- Remítase con oficio y actualícese fase y estado.- Déjese copia certificada y archívese en los copiadores de sentencias interlocutoria con fuerza definitiva Cúmplase.