REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintitrés de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana CARMEN JUSTINA PEREZ DUERTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 5.987.264, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada EDILIA LIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 100.731, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre una bienhechuria en un terreno propiedad del municipio, ubicado en La Calle Tres con Callejón dos, casa s/n, Sector Villa Hermosa, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, consistente de Una Vivienda Unifamiliar, construida de paredes de bloques de cemento, friso liso, dos puertas metálicas, instalación de aguas blancas, cloaca, electricidad interna y externa, techo de zinc, piso de cemento pulido, y subdividida de la siguiente manera: dos habitaciones, un baño con sus respectivos accesorios, una sala, una cocina, un comedor, construida en una Superficie de Terreno de QUINIENTOS TREINTA Y CINCO CON SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (535,61 mts2) aproximadamente, siendo su área de construcción de TREINTA Y SEIS CON DOCE METROS CUADRADOS (36,12 mts2) aproximadamente., y alinderada de la siguiente manera; NORTE: Con Calle dos, midiendo quince con setenta metros (15,70 mts) aproximadamente; SUR: Con Calle tres, midiendo quince con setenta y cinco metros (15,75 mts) aproximadamente, ESTE: Con Casa que es o fue de Diomenys Castillo, midiendo treinta y cuatro con diez metros (34,10 mts) aproximadamente, y OESTE: Con casa que es o fue de la Familia Pereira, midiendo treinta y cuatro metros (34,00 mts) aproximadamente.- El valor invertido es por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,00), y teniéndose presente las declaraciones de los testigos GLADYS JOSEFINA ALBORNOZ DE PEREZ y CARMEN FUENTES DE JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 8.460.164 y 1.309.650, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana CARMEN JUSTINA PEREZ DUERTO, plenamente identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL.,

Abg. KARELLIS ROJAS TORRES.-
EL SECRETARIO Acc.,

Abg. ARGENIS NUÑEZ.-











KRT
ASUNTO: BP12-S-2008-001778