REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-003928
SENTENCIA

Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano MARIA EUGENIA ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.162.891, debidamente asistida por el abogado GUSTAVO VILLAMIZAR ANES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 125.094, por una parte y por la otra, la empresa BDM, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en fecha 03 de Mayo del 2003, bajo el No. 16, Tomo A-11, representada por su Presidente, el Ciudadano JORGE DAGHER, titular de la Cedula de Identidad Nº 9.819.435, debidamente asistido por el ASDRUBAL BASTIDAS ZAMORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 125.004; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que se soliciten. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los diecinueve (19) días del mes de Septiembre del dos mil ocho(2008).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Fabiola Pérez
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez