REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de septiembre de dos mil ocho

198º y 149º

ASUNTO: BP02-L-2006-000668

Vista el escrito transaccional que antecede suscrito entre el ciudadano JUAN CARLOS VELASQUEZ en su carácter de parte actora, debidamente asistido de la profesional del derecho CECILIA VILLARROEL y por la parte demandada SERVICIOS TECNICOS INDUSTRIALES C.A. (SETICA) a través de sus apoderados judiciales JOSEFA SIFONTES Y HAYDEE MUÑOZ, plenamente identificados, los mismos llegaron a un acuerdo transaccional el cual fue consignado en la presente causa en fecha 14-08-2008, constante de un folio útil y un anexo; y por cuanto la presente Transacción es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y los acuerdos alcanzados por los mismos no son contrarias a derecho; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, le imparte la Homologación correspondiente, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, se ordena la expedición de las copias certificadas requeridas tanto del acuerdo transaccional como de la presente homologación de conformidad con lo dispuesto en el articulo 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento en cuanto al referido ciudadano.
La Juez,
Maria Auxiliadora Chávez Rodríguez.

La Secretaria,
Abg.Mariby Yanez.