REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-004025
Por recibida la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesta por la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico, Abogada MARY LOURDES FERRER, actuando en representación de la niña XXXXXXXXXXX, hija de los ciudadanos CRISPULO ENRIQUE TUBIÑEZ y NORELKIS LISBETH TUBIÑEZ BASTARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.931.954 y V-14.931.954, junto con los recaudos que en ella se mencionan.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Esta Sala de Juicio la admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Proteccion del Niño y del Adolescente Parágrafo Cuarto Literal “F”. Se insta a la madre ciudadana NORELKIS LISBETH TUBIÑEZ BASTARDO, a consignar su Partida de Nacimiento, a los fines de este Tribunal dictar la respectiva sentencia. Cúmplase.-
JUEZ UNIPERSONAL. SALA Nº 02
DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
AJD/RL