REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-004025

Por recibida la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesta por la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico, Abogada MARY LOURDES FERRER, actuando en representación de la niña XXXXXXXXXXX, hija de los ciudadanos CRISPULO ENRIQUE TUBIÑEZ y NORELKIS LISBETH TUBIÑEZ BASTARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.931.954 y V-14.931.954, junto con los recaudos que en ella se mencionan.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Esta Sala de Juicio la admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Proteccion del Niño y del Adolescente Parágrafo Cuarto Literal “F”. Se insta a la madre ciudadana NORELKIS LISBETH TUBIÑEZ BASTARDO, a consignar su Partida de Nacimiento, a los fines de este Tribunal dictar la respectiva sentencia. Cúmplase.-
JUEZ UNIPERSONAL. SALA Nº 02


DRA. ANA JACINTA DURAN

LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-

LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
AJD/RL