REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-004178

Por recibida la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por las ciudadanas MORALBA DE JESUS ALONZO RAMIREZ, VICTORIA ISABEL y MERIDA GABRIELA CARMONA RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.491.370, V-18.010.177 y V-19.084.866, respectivamente, quienes actúan en nombre propio y en representación de su hermano, el adolescente LUIS FELIPE CARMONA ALONZO, de Doce (12) años de edad, debidamente representadas por su Apoderado Judicial, Abogado en ejercicio JUAN ANGEL CORDOVA GUEVARA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.574, constante de Catorce (14) folios útiles. Désele entrada y anótese en el Libro respectivo. Tómesele declaración a Dos (02) testigos que presente la parte interesada. Librese boleta de notificación a la Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA N° 01.

Abg. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.
LA SECRETARIA.


Abg. ORLYMAR CARREÑO.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA.


Abg. ORLYMAR CARREÑO.