REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, 16 de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-U-2008-000145

Visto el contenido del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos URDD Civil, en fecha 11 de Agosto de 2008, por el abogado Ronald Alejandro Hernández Gómez, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.035.339, actuando en su carácter de apoderado Judicial de la contribuyente EMPRESA DE SERVICIOS EMSEMECA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 02 de Septiembre de 2004, bajo el Nro 15, Tomo A-6, inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nro. J-311970720, con domicilio en la Avenida Bolívar con Calle 10, Centro Comercial Guarapiche Plaza, Local 10-A, Sector Centro Maturín Estado Monagas, y recibido por ante este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental en fecha 12-08-2008, contra la Resolución de Imposición de Sanción signada con el Nro. GRTI/RNO/DF/3824-2008-00488 de fecha 15 de Marzo de 2008, emanada de la Gerencia Regional del Tributos Internos de la Región Nor Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria Seniat, adscrito al Ministerio de Finanzas. Désele entrada, fórmese asunto signado con el N° BP02-U-2007-0000142, Anótese en el libro de causas llevado por ante el archivo de este Tribunal Superior en el presente año. En consecuencia este Tribunal Superior ordena Librar las respectivas Notificaciones de Ley a la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela y al Seniat, a los fines de que una vez consignada en el asunto la última de las notificaciones comenzará a computarse el lapso de quince (15) días de despacho para la Procuradora, previsto en el Artículo 80 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a fin de que se formen criterio y opinión sobre el asunto, finalizado el cual, este Tribunal Superior se pronunciará sobre la admisión o inadmisión y posterior sustanciación al quinto (5to) día de despacho siguiente a la finalización del lapso mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. Igualmente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 264 ejusdem concatenado con el artículo 51 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, ofíciese a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, a los fines de que remita a este Órgano Jurisdiccional el expediente administrativo relacionado con los actos administrativos antes mencionados. Líbrense Boletas de Notificación y oficio. Cúmplase.
Asimismo, este Tribunal Superior insta a la parte correspondiente a consignar los fotostatos relacionados con el libelo del Recurso, a fin de ser anexados a la boleta de notificación de la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, haciendo saber que las referidas boletas no serán entregadas hasta que no conste en autos la consignación de los mismos.

El Juez Suplente Especial,


Abg. Jorge Luís Puentes Torres
La Secretaria,


Abg. Rossana Carreño

Nota: En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado. Conste.

La Secretaria,


Abg. Rossana Carreño.