REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, tres de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: BP02-U-2008-000126

Por cuanto de autos se desprende que en fecha 26-03-2009, este Tribunal Superior agregó a los autos Escrito de Promoción de Pruebas, presentado por el abogado Luis Villarroel, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 63.175, debidamente identificado en autos, en el cual promueve; Instrumentos que acompañaron al presente recurso, y el Abogado Javier Rojas, venezolano, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 88.000, actuando en su carácter de en el cual promueven CAPITULO I; MERITO FAVORABLE DE LOS AUTOS.

Ahora bien, Siendo la oportunidad procesal para pronunciarse sobre la admisión de las pruebas promovidas por las partes del presente asunto; este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, después de revisadas y examinadas; determina que:

En relación a las Pruebas Promovidas, por el Javier Rojas, Representante de la Republica Bolivariana de Venezuela, en el cual promueve CAPITULO I; MERITO FAVORABLE DE LOS AUTOS, identificada en su escrito de Promoción, este Tribunal Superior ADMITE las mismas, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.

Ahora bien, en relación a las Pruebas Promovidas, por el Abogado Luis Villarroel, en su carácter de Recurrente, en el cual promueve Instrumentos que acompañaron al presente recurso este Tribunal Superior ADMITE las mismas, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. Barcelona, 03-04-2009. Años 198° de la Independencia y 150° de la Federación.

El Juez Suplente Especial,

Dr. Jorge Luís Puentes Torres.
La Secretaria,

Abg. Rossana Carreño.