REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: BP02-V-2009-000932

Visto el expediente contentivo de la demanda de DESALOJO, intentado por FAYESE HABIBE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 6.269.562 y de este domicilio, a través de su apoderado judicial, abogado Adán R. Navas Nieves, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 16.634, en contra del ciudadano FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 11.422.843 y de este domicilio; proveniente del Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, el cual en fecha 23 de marzo de 2.009, se declaró incompetente en razón de la cuantía para conocer de la presente causa, este Tribunal le da entrada y curso legal correspondiente.- Fórmese expediente y anótese en los Libros de causas respectivos llevados por este Despacho durante el presente año.- En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se declara competente para conocer de la presente acción. Así se decide.-
El Juez Prov.,

Abg. Jesús Gutiérrez Díaz La Secretaria

Abg. Mirla Mata Rojas.-

JSGD/MMR/rubdíaz