REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: BP02-S-2009-000978


Vista la anterior solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos y sus anexos, presentado por la ciudadana Grileida Josefina Brito Olivero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.669.188 y de este domicilio, asistida por la abogada Emma Yeliza Velásquez Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.116.056, actuando en su condición de esposa del difunto, ciudadano Oscar Manuel Bolívar, donde solicita sea declarada ella y los ciudadanos Yvonne del Valle, Oscar Miguel (fallecido) y Grioscar José Bolívar Brito; Roxana Yliana, Oslemny del Valle, Osmel Antonio, Osmelly Elenice Bolívar Barreto, venezolano, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 10.289.555, 11.901.375, 13.690.982, 8.291.402, 13.168.951, 13.318.307 y 16.374.700, respectivamente, como Única y Universal Heredera de la De Cujus, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.196.372, fallecida Ab-intestato el día 26 de diciembre de 1995, en el Hospital Dr. “Domingo Guzmán Lander”, Parroquia del Carmen, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui.-
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos Antonio Rafael Suárez Marín y Lupercio Antonio Mata Regnault, quienes declararon por ante este Tribunal, en fecha 02 de abril de 2.009, es por lo que, de conformidad con el artículo 825 del Código Civil y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de Únicos y Universales Herederos a los ciudadanos Grileida Josefina Brito Olivero, Yvonne del Valle, Oscar Miguel (fallecido) y Grioscar José Bolívar Brito; Roxana Yliana, Oslemny del Valle, Osmel Antonio, Osmelly Elenice Bolívar Barreto, en sus condiciones de esposa e hijos del “DE CUJUS”, ciudadano Oscar Manuel Bolívar, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Déjese copia certificada del presente Decreto.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal, y así se decide.-
El Juez Provisorio,

Abg. Jesús Gutiérrez Díaz.- La Secretaria,

Abg. Mirla Mata Rojas.-








JSGD/MMR/Merlyn Gil.-