REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-M-2009-000009
Visto el escrito de fecha 20 de abril de 2.009, presentada por el abogado Carlos Lander Chacín, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 23.231, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Henry Agostinone Pizzuto, mediante la cual desiste formalmente de la presente demanda en contra de la ciudadana Yanet Sánchez Guzmán, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.485.246, en consecuencia, el Tribunal homologa el referido desistimiento hecho por la parte actora en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley.- Se ordena la devolución de los documentos originales previa su certificación en autos, todo ello de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se suspende la medida preventiva de embargo decretada por este Juzgado en fecha 19 de febrero de 2.009, se da por terminada la presente causa y se ordena su remisión al archivo judicial del Estado Anzoátegui.-
El Juez Provisorio.,


Abg. Jesús Gutiérrez Díaz.
La Secretaria.,


Abg. Mirla Mata Rojas.
Nota: Se solicitan copias fotostáticas para proveer.- Conste,
La Secretaria.,