REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de abril de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-M-2009-000012
Vista la diligencia de fecha 22 de abril de 2.009, suscrita por el abogado Ramón Sarmiento Rojas, en su carácter de autos, en donde desiste del presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES (VIA INTIMACIÓN), incoado por el ciudadano RAFAEL JOSE TOLEDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 8.323.963, en contra del ciudadano LUIS FRANCISCO CINCO SALAVERRIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 6.755.913; el Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO.- Asimismo, se ordena devolver documentos originales solicitados previa su certificación en autos.- Así se decide.-
El Juez Provisorio,
Abg. Jesús S. Gutiérrez Díaz
La Secretaria,
Abg. Mirla Mata Rojas.-
Nota: en esta misma fecha se solicitan fotostatos para proveer.- Conste.-
La Secretaria
JSGD/MMR/rubdíaz
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