REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : BP02-S-2009-000993
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana MARIA MARGARITA FAJARDO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.955.761, actuando en nombre y representación de la ciudadana CATALINA LOPEZ de MAESTRE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 2.444.726, asistida por la abogada MERY GOMEZ VALDIVIESO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.189, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: ROSA GOMEZ CONCHE y ISNELDA DEL CARMEN RUIZ DE CONDE, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 8.240.319 y 4.219.389, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista trato y comunicación a a la ciudadana CATALINA LOPEZ de MAESTRE, igualmente conocieron a quién en vida se llamara LUIS MIGUEL FAJARDO LOPEZ, y que era hijo de CATALINA LOPEZ de MAESTRE y del difunto MIGUEL ANTONIO FAJARDO CARVAJAL, y que el ciudadano Luis Miguel Fajardo López, falleció el 25 de Diciembre de 2008 en el Centro Medico Zambrano, en Barcelona, Estado Anzoátegui, y que para el momento de su muerte era de estado civil soltero y no dejo descendencia, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana CATALINA LOPEZ de MAESTRE COMO LA UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de su causante LUIS MIGUEL FAJARDO LOPEZ, dejando a salvo los derechos de terceros.- Expídanse las copias certificadas solicitadas.-
La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria,
Abg. Marieugelys García Capella
HPG/l.peche