REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : BP02-S-2009-001128
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano JOSE ROSALINO ANDRADE BELLO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.979.172, actuando en su propio nombre y en el de su hermano EDGAR AGUSTIN ANDRADE BELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.845.628, asistidos por el Abogado FRANCISCO JAVIER GONZALEZ BELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 125.010, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: EDWARD JOSE GARCIA GUARARICOTO y JHONN JOSE ROJAS SABINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.16.799.509 y 13.766.697 , respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista trato y comunicación a los ciudadanos JOSE ROSALINO ANDRADE BELLO y EDGAR AGUSTIN ANDRADE BELLO; igualmente que conocieron al de Cujus AGUSTIN ANDRADE SARMIENTO, y que le consta que falleció el 07 de diciembre de 2008, en el Hospital Dr. Luis Rasete de la ciudad de Barcelona del Estado Anzoátegui, que los ciudadanos JOSE ROSALINO ANDRADE BELLO Y EDGAR AGUSTIN ANDRADE BELLO son los Únicos y Universales Herederos del ciudadano Agustín Andrade Sarmiento, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los ciudadanos, JOSE ROSALINO ANDRADE BELLO Y EDGAR AGUSTIN ANDRADE BELLO COMO LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante AGUSTIN ANDRADE SARMIENTO, dejando a salvo los derechos de terceros.-
La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria,
Abg. Marieugelys García Capella
HPG/l.peche